Sentencia N° 334 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de mayo de 2014
TSJ/SC, Sent. N° 334, Exp. 13-1135, 02/05/2014
Expediente13-1135
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-05-02
DecisiónCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo, ambos de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La acción de amparo constitucional fue interpuesta por Didkson Gustavo García Arcia contra María Yajaira Cavacante de Sánchez y Luis Rosendo Sánchez Prieto, en el contexto de un conflicto arrendaticio. La Sala declaró competente al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil para conocer de la acción de amparo, remitiendo el expediente a dicho órgano jurisdiccional.
Extracto de la motiva
La presente controversia presenta las características suficientes para estimar que este órgano jurisdiccional carece de competencia en razón de la materia para conocer el presente asunto. En efecto, del escrito presentado en fecha 12 de noviembre de 2013, se desprende palmariamente que la parte presuntamente agraviante es un particular y no la administración pública, de igual manera, se aprecia que los hechos denunciados se dieron en consideración de una relación arrendaticia existente entre los ciudadanos Didkson Gustavo García Arcia, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.395.897, y la ciudadana María Yajaira Cavacante de Sánchez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.799.511, en su carácter de arrendatario y arrendador respectivamente.
Dispositiva
1.- Se declara COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y el Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo, ambos de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. 2.- Declara COMPETENTE al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, para conocer de la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Yanette Asunción Arcia Lara, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano DIDKSON GUSTAVO GARCÍA ARCIA, contra los ciudadanos María Yajaira Cavacante de Sánchez y Luis Rosendo Sánchez Prieto, ya identificados.