Sentencia N° 3328 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de noviembre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3328, Exp. 04-0002, 04/11/2005
Expediente04-0002
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-11-04
DecisiónParcialmente Procedente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de amparo cautelar y el recurso de nulidad interpuesto por ANGEL RAMÓN ORTIZ GONZÁLEZ, en representación de VENTA CAR’S C.A., contra la Resolución N° 340 de la Alcaldía del Municipio Girardot y el artículo 26 de la Ordenanza Sobre Procedimientos para Edificación de Parcelas. La Sala aceptó la declinatoria de competencia del Juzgado Superior y admitió el recurso de nulidad, declarando la suspensión de los efectos de la Resolución N° 340, pero negó la suspensión del artículo 26 de la ordenanza impugnada.

Extracto de la motiva

En el presente caso, se ha ejercido un recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ordenanza Sobre Procedimientos para Edificar Parcelas, publicada en la Gaceta Municipal del Municipio Girardot del Estado Aragua N° 85, el 25 de julio de 1988. Establece el numeral 2 del artículo 336 de la Carta Magna que, es atribución de la Sala Constitucional, “...(d)eclarar la nulidad total o parcial de las Constituciones, y leyes estadales, de las ordenanzas municipales y demás actos de los cuerpos deliberantes de los Estados y Municipios dictados en ejecución directa e inmediata de esta Constitución y que colidan con ella” (Subrayado de la Sala). En ese mismo sentido, el numeral 7 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, dispone que corresponde a esta Sala “...(d)eclarar la nulidad total o parcial de las Constituciones y leyes estadales, de las ordenanzas municipales y demás actos de los cuerpos deliberantes de los Estados, Municipios y del Distrito Capital, dictados en ejecución directa e inmediata de la Constitución y que colidan con ella, mediante el control concentrado de la constitucionalidad. La sentencia que declare la nulidad total o parcial deberá publicarse en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Oficial Estadal o Municipal que corresponda, determinando expresamente sus efectos en el tiempo” (Subrayado de la Sala). De lo anterior se desprende, que el criterio acogido por el constituyente para definir las competencias de la Sala Constitucional, atiende al rango de las actuaciones objeto de control, esto es, que dichas actuaciones tienen una relación directa con la Constitución que es el cuerpo normativo de más alta jerarquía dentro del ordenamiento jurídico en un Estado de Derecho contemporáneo.

Dispositiva

1.- ACEPTA LA DECLINATORIA realizada por el Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua y, en consecuencia, se declara COMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo constitucional, por el ciudadano ANGEL RAMÓN ORTIZ GONZÁLEZ, actuando como Presidente de VENTA CAR’S C.A. 2.- ADMITE el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar. En consecuencia, se ORDENA citar, mediante oficio, al ciudadano Alcalde del Municipio Girardot del Estado Aragua y al ciudadano Síndico Procurador del Municipio Girardot del Estado Aragua; y asimismo, notificar al ciudadano Fiscal General de la República, para que comparezcan ante este tribunal dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del cartel o de la notificación del último de los interesados. 3.- PARCIALMENTE PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar presentada por la recurrente. En consecuencia, se niega la suspensión solicitada del artículo 26 de la Ordenanza Sobre Procedimientos para Edificación de Parcelas del Municipio Girardot del Estado Aragua, se suspenden los efectos de la Resolución N° 340 dictada el 7 de octubre de 2002, por la Dirección de Ingeniería Municipal y Proyectos Especiales de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua.

Palabras clave

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