Sentencia N° 3321 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de diciembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3321, Exp. 01-1238, 02/12/2003
Expediente01-1238
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-12-02
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la apelación interpuesta por León Jurado Machado en representación de Miguel González Higuera, contra la decisión del Juzgado Superior Primero que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional. La Sala confirmó la inadmisibilidad, argumentando que el apelante había optado por vías ordinarias antes de recurrir al amparo, lo que configuró la causal de inadmisibilidad prevista en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio se intentó acción de amparo constitucional contra la sentencia dictada el 28 de marzo de 2001 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual se declaró con lugar la acción de reivindicación intentada contra Miguel González Higuera. Dicha acción de amparo se declaró inadmisible, con fundamento en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el 23 de mayo de 2001 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. De una revisión de las actuaciones que cursan en el expediente, se constata que mediante diligencia del 4 de abril de 2001, la parte actora ejerció recurso de apelación contra la presunta sentencia lesiva de derechos constitucionales (folio cien), por lo tanto, esta Sala, en consonancia con la sentencia del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, la cual es objeto del presente recurso de apelación, estima que se configuró la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Dispositiva
1°- SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado LEÓN JURADO MACHADO, actuando en nombre propio y en representación del ciudadano MIGUEL GONZÁLEZ HIGUERA, contra la decisión dictada el 23 de mayo de 2001 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por la parte apelante contra la sentencia proferida el 28 de marzo de 2001 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, en consecuencia; 2°- CONFIRMA la decisión antes mencionada. 3°- Se IMPONE a la parte actora una multa por la cantidad de cinco mil (Bs. 5.000,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Central de Venezuela.
Palabras clave
amparo constitucionalinadmisibilidadrecurso de apelaciónderechos constitucionalessentencia lesivaacción de reivindicaciónjurisdicción ordinaria