Sentencia N° 332 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de marzo de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 332, Exp. 14-0823, 26/03/2015
Expediente14-0823
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-03-26
DecisiónTERMINADO EL PROCEDIMIENTO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declaró terminado el procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo interpuesta por Silvana Yadira Villegas Ramírez. La decisión se fundamenta en la falta de actuación de la parte accionante durante más de seis meses, lo que se considera como una actitud negligente que prolonga indefinidamente la controversia. La Sala también impuso una multa a la parte actora por entorpecer las labores del tribunal con acciones de amparo abandonadas.
Extracto de la motiva
Esta Sala estima que la falta de actuación de la parte interesada en la acción (…) revela una actitud negligente que procura la prolongación indefinida de la controversia (…) En efecto, si el legislador ha estimado que, como consecuencia de ese carácter de urgencia que distingue al amparo, la tolerancia de una situación que se entiende lesiva de derechos fundamentales, por más de seis meses, entraña el consentimiento de la misma y, por tanto, la pérdida del derecho a obtener protección acelerada y preferente por esa vía, resulta lógico deducir que soportar, una vez iniciado el proceso, una paralización de la causa sin impulsarla por un espacio de tiempo semejante, equivale al abandono del trámite que había sido iniciado con el fin de hacer cesar aquélla situación lesiva o amenazadora de derechos fundamentales (…) siendo éste el criterio contenido en la sentencia n.° 982, dictada por esta Sala Constitucional el 06 de junio de 2001, caso: José Vicente Arenas (Negritas de este fallo).
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, en la acción de amparo interpuesta por la ciudadana SILVANA YADIRA VILLEGAS RAMÍREZ, representada por la abogada Normayra Valero Molina, contra la decisión dictada, el 12 de marzo de 2014, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Se IMPONE a la parte accionante una multa, de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por la cantidad de cinco bolívares (Bs. 5,00), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en cualquier institución financiera receptora de fondos nacionales, lo cual deberá acreditar mediante la consignación en autos del comprobante correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a su notificación.