Sentencia N° 3314 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de diciembre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 3314, Exp. 01-1274, 19/12/2002
Expediente01-1274
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-12-19
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de diciembre de 2002, aborda la solicitud presentada por el Fiscal del Ministerio Público, José Benigno Rojas Lovera, para que se le remitiera el expediente original relacionado con un caso de usura. La Sala determina que, de acuerdo con la Constitución, el Ministerio Público no tiene la potestad de impartir órdenes al Tribunal, lo que fundamenta su decisión de denegar el envío del expediente original solicitado.
Extracto de la motiva
Visto que, el artículo 254 de la Constitución, prevé la autonomía funcional, financiera y administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, y el artículo 253 de la Constitución establece, que la potestad de administrar justicia, la cual emana de los ciudadanos y ciudadanas es atribuida a los órganos del Poder Judicial y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley; y no se desprende del contenido de los mismos que el Ministerio Público pueda impartir órdenes a este Tribunal.
Dispositiva
Deniega el envío del expediente original solicitado por el Fiscal del Ministerio Público arriba identificado, y se acuerda en su lugar remitirle Copia Certificada. En consecuencia, expídase por Secretaría Copia Certificada del Expediente y todas sus piezas, con inserción de la solicitud y del presente auto.