Sentencia N° 331 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de noviembre de 2019
TSJ/SC, Sent. N° 0331, Exp. 18-0519, 08/11/2019
Expediente18-0519
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2019-11-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admite la solicitud de avocamiento presentada por Perla Teresa Farías de Eskinazi, representada por la abogada María Alejandra Salazar Noguera, en relación a la causa civil mero declarativa de derechos de autor que cursa ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario. La solicitud se fundamenta en la violación de derechos constitucionales y desórdenes procesales en el expediente AP11-V-2016-1581, donde se denuncia la desaparición de una pieza clave del expediente y la falta de pronunciamiento del tribunal sobre dicha situación.
La Sala declara su competencia para conocer del caso y ordena la suspensión de la causa civil, así como la prohibición de cualquier actuación procesal hasta que se resuelva la situación del expediente. Se establece un plazo de cinco días para la remisión del expediente al Tribunal Supremo de Justicia, garantizando así el respeto al debido proceso y la tutela judicial efectiva de la solicitante.
Extracto de la motiva
Así, conforme a lo señalado, y visto que se denuncia tanto la violación de derechos constitucionales que pudieran perjudicar ostensiblemente la imagen del Poder Judicial, esta Sala Constitucional, tal como lo hizo en un caso similar (ver sentencia n°: 754, del 23 de mayo de 2011, caso: “Ramona del Carmen Fuentes Vásquez”), se declara competente para conocer de la presente solicitud de avocamiento. Así se declara.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer de la presente solicitud y se ADMITE el presente avocamiento solicitado por la ciudadana PERLA TERESA FARÍAS DE ESKINAZI, representada por la abogada María Alejandra Salazar Noguera, de la causa que cursa ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el expediente distinguido con el alfanumérico AP11-V-2016-1581, contentivo de la acción civil mero declarativa, a los fines de que se reconozca a su representada como titular de los derechos patrimoniales de autor sobre las novelas “CAMBIO DE PIEL”, “MIS TRES HERMANAS” y “JUANA LA VIRGEN”. 2.- Se ORDENA al Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la inmediata suspensión de la causa y la prohibición de realización de cualquier actuación procesal, so pena de nulidad de la misma, conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. 3.- Se ORDENA la inmediata remisión de la causa identificada con el alfanumérico AP11-V-2016-1581; dentro del lapso de cinco (5) días continuos siguientes al recibo del oficio que a tal efecto se ordena librar.