Sentencia N° 330 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de noviembre de 2019

TSJ/SC, Sent. N° 0330, Exp. 18-0433, 08/11/2019
Expediente18-0433
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2019-11-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por IVÁN SOSA RIVERO contra el Juez Joel Darío Altuve Patiño. La acción fue presentada por sus defensoras, quienes argumentaron que la actuación del juez vulneraba el derecho a un juicio imparcial. La Sala declaró su competencia para conocer del caso y ordenó verificar el estado actual de la causa primigenia, dado que la parte demandante desistió de la acción debido a la inhibición del juez.

Extracto de la motiva

En tal sentido, esta Sala estima necesario, antes de emitir pronunciamiento en el presente caso, verificar el estado actual de la causa primigenia; en consecuencia, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente auto, informe: i) el estado actual de la causa signada con el alfanumérico 3J-1012-2015 -nomenclatura de ese despacho-; ii) quién es el Juez que conoce de la misma; y iii) si el ciudadano Joel Darío Altuve Patiño se inhibió de su conocimiento, en cuyo caso deberá informar fecha de tal actuación, así como la decisión tomada en la incidencia por la Corte de Apelaciones. Igualmente, deberá remitir copias certificadas que soporten la información aquí solicitada; por último, en caso de que el referido expediente no se encuentre en su Despacho, deberá recabar el mismo con el fin de remitir la información aquí solicitada.

Dispositiva

Se ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional que oficie al Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, para que dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente auto, informe: i) el estado actual de la causa signada con el alfanumérico 3J-1012-2015; ii) quién es el Juez que conoce de la misma; y iii) si el ciudadano Joel Darío Altuve Patiño se inhibió de su conocimiento.

Palabras clave

amparo constitucionaljuzgadoinhibicióncausadecisiónnotificación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca