Sentencia N° 3296 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de octubre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3296, Exp. 05-0513, 31/10/2005
Expediente05-0513
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-10-31
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Víctor Castillo contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto que declaró inadmisible su acción de amparo. La Sala determinó que el recurso de apelación era el medio adecuado para impugnar la decisión de intimación, y que la acción de amparo no podía sustituir los medios ordinarios de impugnación. Sin embargo, se consideró que el apelante había justificado la necesidad de la acción de amparo, dado que la situación jurídica infringida no podía ser restablecida a través de los medios ordinarios. En consecuencia, se declaró con lugar la apelación y se revocó la decisión del Juzgado Superior, ordenando que se pronuncie sobre la admisibilidad de la acción de amparo.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la apelación ejercida por el apoderado judicial del ciudadano Víctor Castillo, contra la decisión dictada el 18 de febrero de 2005, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional el mismo formuló contra la sentencia definitiva dictada el 21 de diciembre de 2004, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma circunscripción judicial, con ocasión a una demanda por vía de intimación incoada por la ciudadana Zoraida Coromoto Oliver Lara. La decisión objeto de apelación declaró inadmisible la acción de amparo constitucional, sobre la base de que el accionante debió haber ejercido el recurso de apelación, previsto en el artículo 288 del Código de Procedimiento Civil, contra la decisión definitiva por la que se revistió con autoridad de cosa juzgada el decreto de intimación. Ahora bien, esta Sala reconoce que ha sido pacífica y reiterada su doctrina, respecto a que la vía del amparo no puede sustituir los medios ordinarios de impugnación, tal como se puede apreciar en el fallo Nº 2.369 del 23 de noviembre de 2001, caso: Mario Téllez García, que analizó la causal de inadmisibilidad contenida en el artículo 6.5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Sin embargo, esta Sala ha sostenido como excepción a la regla de inadmisibilidad por existencia de medios ordinarios de impugnación, la circunstancia de que el peticionante, justifique que la vía ordinaria de impugnación no es idónea y eficaz para el restablecimiento de inmediato de la situación jurídica infringida (sentencia del 15 de febrero de 2000, caso: Stefan Mar, entre otras), tal como ha ocurrido en el presente caso donde el ciudadano Víctor Castillo ha planteado argumentos de derecho que no fueron analizados por el a quo, que la sentencia está en etapa de ejecución forzosa y ha señalado que por sentencia N° 02/865 del 8 de mayo, caso: Interbank C.A., esta Sala ha reconocido que procede la acción de amparo constitucional contra la decisión que concede autoridad de cosa juzgada al decreto de intimación.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: 1.- CON LUGAR la apelación incoada por el ciudadano VÍCTOR CASTILLO contra el fallo dictado el 18 de febrero de 2005, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional ejercida por el precitado ciudadano contra la decisión dictada el 21 de diciembre de 2004, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la misma Circunscripción Judicial, que declaró “sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada” de conformidad con lo establecido en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, el decreto de intimación dictado con ocasión de la demanda de cobro de una letras de cambio incoada por la ciudadana Zoraida Coromoto Oliver Lara.. 2.- REVOCA, en los términos expuestos en el presente fallo, la sentencia que dictó el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 18 de febrero de 2005. Se ORDENA remitir el expediente al precitado Juzgado Superior a los fines de que se pronuncie sobre la admisión o no de la acción de amparo, omitiendo analizar la causal analizada en la presente sentencia. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al tribunal de origen.

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