Sentencia N° 329 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de abril de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 329, Exp. 15-1427, 28/04/2016
Expediente15-1427
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-04-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por varios ciudadanos contra una sentencia del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito. La acción se fundamentó en la alegación de violaciones a derechos constitucionales, específicamente el derecho a la defensa y al debido proceso, en el marco de un juicio de cumplimiento de contrato. La Sala consideró que la apelación interpuesta era procedente y que el Juzgado Superior había incurrido en errores que afectaron los derechos de los demandantes.

Extracto de la motiva

Al evidenciarse que la acción de amparo interpuesta opera contra la sentencia que emitió el 16 de septiembre de 2015, el Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, esta Sala se declara competente para el conocimiento del asunto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales en concordancia con el artículo 25, numeral 20 de la Ley Orgánica de este Tribunal Supremo de Justicia. Y así se establece. Ahora bien, de un examen del escrito que encabeza estas actuaciones, se desprende que la representación judicial de la parte accionante pretende que esta Sala emita un mandamiento que le ampare, ante presuntas violaciones de orden constitucional producidas en el curso del juicio que por cumplimiento de contrato incoaran los ciudadanos Pedro Sebastián Rojas Castillo, María Josefa Grillo de Rojas, José Grillo Dorta y Gracia Rodríguez de Grillo contra Promotora 204, C.A., el cual inicialmente fue tramitado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Dispositiva

Se ordena al Juez del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, remitir en el lapso de cinco (5) días continuos a que conste en autos la consignación del oficio de notificación, copias certificadas de la totalidad de las actuaciones insertas al expediente identificado con el alfanumérico: AP71-R-2015-000475 (9272), contentivo de la incidencia de apelación interpuesta por la abogada Yendy Maribel Machado Díaz, apoderada judicial de los ciudadanos Pedro Sebastián Rojas Castillo, María Josefa Grillo de Rojas, José Grillo Dorta y Gracia Rodríguez de Grillo contra el auto dictado el 23 de marzo de 2015, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

apelaciónconfesión fictagravamen irreparabledue processrecepcionistajuris tantumCódigo de Procedimiento Civil

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