Sentencia N° 3281 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de octubre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 3281, Exp. 05-0722, 28/10/2005
Expediente05-0722
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2005-10-28
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional revisa un fallo del Tribunal Segundo de Primera Instancia que desaplicó el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se destaca la importancia de que los fallos sometidos a revisión sean definitivamente firmes, lo que no se ha comprobado en este caso. La Sala ordena al tribunal de origen que informe sobre la notificación a las partes y la existencia de apelaciones interpuestas.

Extracto de la motiva

Puede notarse que la Sala fue clara sobre el particular: los fallos de desaplicación de normas, que sean definitivamente firmes, son revisables a través del mecanismo extraordinario que prevé el número 10 del artículo 336 de la Constitución, caso en el que la discrecionalidad de que goza la Sala para aceptar la solicitud no es la misma que la existente en el supuesto de los fallos definitivamente firmes de amparo. Precisamente la relevancia del análisis de los fallos por los que se ejerció el control difuso, y que obliga a efectuar distingos respecto de los fallos de amparo, obliga a los jueces desaplicantes a remitir la decisión a la Sala, a fin de que no haya caso que escape al control que ésta debe efectuar (resaltado actual, por la Sala). La Sala reitera que la razón que lo justifica es la necesidad de lograr ‘mayor eficacia de la conexión entre el control concentrado, que corresponde a esta Sala, y el control difuso, que corresponde a todos los jueces de la República’, pues de esa manera se obtendrá ‘una mayor protección del texto constitucional y se evitará la aplicación general de normas inconstitucionales o la desaplicación de normas ajustadas a la Constitución en claro perjuicio para la seguridad jurídica y el orden público constitucional’.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y ofíciese lo conducente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

revisióndesaplicacióncontrol difusoconstitucionalidadsentenciaCódigo Orgánico Procesal Penalfirmezanotificación

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