Sentencia N° 3245 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 3245, Exp. 02-1032, 13/12/2002
Expediente02-1032
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-12-13
DecisiónSobreseido
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió una acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Henry Solórzano León en representación de Loida García Martínez, contra un auto dictado por el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. La acción fue motivada por la supuesta violación del derecho al debido proceso. La Sala, antes de pronunciarse sobre el fondo del asunto, decidió requerir al juzgado de origen la remisión de ciertos documentos relacionados con la solicitud de medida de aseguramiento de bienes formulada por el Ministerio Público.
Extracto de la motiva
La Sala estima necesario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, requerir al Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, la remisión a esta Sala, en copia certificada, de la solicitud de medida de aseguramiento de bienes formulada por el Fiscal del Ministerio Público en la causa No. 3C-768 (nomenclatura de ese Juzgado), así como del auto dictado por ese Tribunal con ocasión a la referida solicitud y los oficios librados al Registrador Subalterno y al Tribunal Ejecutor de Medidas.
Dispositiva
Lo solicitado deberá ser remitido en el lapso de diez (10) días a partir del recibo de la respectiva comunicación, y así se decide.
Palabras clave
amparo constitucionaldebido procesomedida de aseguramientoMinisterio PúblicoJuzgado Tercero de ControlEstado Bolívar