Sentencia N° 323 — Sala Constitucional del TSJ, 25 de marzo de 2026

TSJ/SC, Sent. N° 0323, Exp. 14-0132, 25/03/2026
Expediente14-0132
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2026-03-25
DecisiónConforme a derecho la desaplicación por control difuso de la constitucionalidad del artículo 14 de la Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios de Índole Similar del municipio Maracaibo del estado Zulia.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara conforme a derecho la desaplicación por control difuso de la constitucionalidad del artículo 14 de la Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas del municipio Maracaibo, por ser inconstitucional. Se confirma la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado improcedente el reparo por contribución al cuerpo de bomberos, argumentando que dicha contribución no puede ser exigida solo a ciertos contribuyentes. La sentencia reafirma la importancia del principio de igualdad en la tributación y la necesidad de que las contribuciones sean reguladas por ley.

Extracto de la motiva

Visto lo anterior, advierte esta Alzada que el alegato invocado por la contribuyente relativo a la imposibilidad de probar un ‘hecho negativo’ no resulta del todo cierto, pues solo son los hechos negativos indefinidos los que no admiten prueba en contrario (mediante la promoción de un hecho positivo) dada su imposibilidad de delimitación en el tiempo, modo y espacio. De esta forma, entiende la Sala que la distribución de la carga probatoria supone por consiguiente, que quien invoque un hecho debe probarlo, y si este hecho es negativo definido, el mismo deberá comprobarse mediante una declaración o manifestación fáctica positiva en contrario. (Vid. Sentencia de esta Sala N° 00755 del 27 de junio de 2012, caso: Corimon Pinturas, C.A.).

Dispositiva

Se declara CONFORME A DERECHO la desaplicación por control difuso de la constitucionalidad del artículo 14 de la Ordenanza de Impuestos sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios de Índole Similar del municipio Maracaibo del estado Zulia.

Palabras clave

carga probatoriahecho negativoterritorialidadimpuestocontribuyenteadministración tributariaderecho tributario

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