Sentencia N° 3210 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 3210, Exp. 04-0455, 15/12/2004
Expediente04-0455
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-15
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional interpuesta por Eduardo Sotillo en representación de Rickel Manuel Rivas Mendoza, debido a la falta de designación de un juez para conocer de la causa penal en su contra. La Corte de Apelaciones había declarado inadmisible la acción de amparo, lo que llevó a la defensa a solicitar la intervención de la Sala Constitucional. La Sala consideró que la situación generaba un vacío procesal que afectaba los derechos de defensa y debido proceso del accionante.

Extracto de la motiva

Visto que lo que origina la presente acción de amparo es la inhibición de la juez de juicio, por cuanto ya había conocido de la causa penal seguida al accionante como juez de control, no existiendo juez suplente designado para que se encargue de dicha causa y que hasta la presente fecha no consta en autos que dicho Juez Suplente haya sido nombrado, esta Sala Constitucional estima pertinente fijar al Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, un lapso de cinco (5) días, más siete (7) días del término de distancia, contados a partir de su notificación, a fin de que: 1. Informe si se nombró al referido Juez Suplente, para que conozca de la causa penal seguida contra el accionante. En caso positivo, si se celebró el juicio oral y público respectivo y en caso negativo, el por qué no ha sido nombrado; 2. Informe acerca del estado actual del juicio y, 3. Remita copias certificadas de las actuaciones atinentes a la presente acción de amparo constitucional, ello con el propósito de esta Sala de emitir pronunciamiento con relación a la consulta sometida a su conocimiento.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado y ofíciese lo conducente.

Palabras clave

amparo constitucionalvacío procesalderecho a la defensadebido procesoinhibición de juezcausa penaldesignación de juez

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