Sentencia N° 321 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de mayo de 2010
TSJ/SC, Sent. N° 321, Exp. 09-1403, 03/05/2010
Expediente09-1403
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2010-05-03
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión de una sentencia dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que había declarado sin lugar un recurso de apelación. La Sala concluyó que la decisión impugnada no era incongruente y que no había omitido pronunciamientos sobre los alegatos planteados, confirmando así la nulidad del acto administrativo que destituyó al ciudadano Jesús Salvador Rodríguez Herrera. Finalmente, se declaró que no ha lugar la solicitud de revisión.
Extracto de la motiva
La Sala ha sentado como criterio reiterado que la revisión a que hace referencia el artículo 336, cardinal 10, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el cardinal 16 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y con su doctrina vinculante, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional revisar los fallos sometidos a ésta con ese fin. Ello es así, por cuanto la potestad de revisión no puede ser entendida como una nueva instancia, ya que la misma sólo procede en casos de sentencias que han agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la Ley, en tal razón, sean definitivamente firmes y, por tanto, gocen del carácter de cosa juzgada.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión planteada por el apoderado judicial de la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, de la sentencia dictada el 12 de noviembre de 2007 por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
falta de probidadderechos laboralesreincorporaciónsanciónconstituciónacto administrativo