Sentencia N° 32 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de febrero de 2022
TSJ/SC, Sent. N° 0032, Exp. 20-0166, 11/02/2022
Expediente20-0166
PonenteCALIXTO ORTEGA RÍOS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2022-02-11
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión constitucional presentada por Franklin Eduardo Labana Pineda, quien impugnó la decisión del Juzgado Nacional Segundo de lo Contencioso Administrativo que declaró sin lugar su apelación. La Sala determinó que no hubo violación de derechos constitucionales y que el juzgador actuó conforme a derecho al desestimar los vicios alegados por el solicitante, confirmando así la sentencia apelada. Finalmente, se declaró que no ha lugar la solicitud de revisión.
Extracto de la motiva
motivadas y no producto de interpretaciones erróneas o arbitrarias de ninguna norma, sea constitucional o de rango legal. Tal como la sometida vuestra consideración. 3. Que el Juzgado Nacional Segundo donde el ad-quem (sic) fundamento (sic) su decisión fue en la decisión del a-quo (sic) donde obvio (sic) lo expuesto en la apelación al cometer estos errores en la interpretación de la norma, simple y llanamente por la cosa juzgada que es determinante en este caso donde se obvia (sic) la ley y se busca la parte ética y moral del juez, por esto es que se produce la lesión al Derecho (sic) Constitucional (sic) de Presunción (sic) de Inocente (sic), al Debido (sic) Proceso (sic), Derecho (sic) a ser Oído (sic), Derecho a la Legítima (sic) Defensa (sic), Derecho (sic) al Trabajo (sic), revirtiendo en Nula la Sentencia ya que silenciaron todas las pruebas aportadas en la apelación, violentando al texto Constitucional del artículo 49 y el artículo 87, de la Constitución Nacional de
Dispositiva
NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional del acto jurisdiccional antes indicado, peticionada por el abogado Franklin Eduardo Labana Pineda.