Sentencia N° 32 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de febrero de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 32, Exp. 11-1326, 13/02/2012
Expediente11-1326
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-02-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados Iván Darío Maldonado y Xiomara Pérez Daruíz, en representación de los ciudadanos Ibrahím López Caraballo, Ibrahím López Recharte y Orfelina del Carmen Caraballo López, contra la decisión del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. La apelación se fundamentó en la supuesta violación de derechos constitucionales en el proceso de amparo interpuesto contra una sentencia que declaró sin lugar la acción de amparo constitucional.

Extracto de la motiva

El Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, al conocer de la acción de amparo, declaró sin lugar el amparo interpuesto al considerar que el fallo impugnado estaba ajustado a derecho y que el accionante no sólo atacó la aplicación e interpretación sino también la valoración sobre el fondo de la causa que realizó el Juzgado accionado. En este sentido, el Juzgado Superior observó que el amparo constitucional no puede convertirse en un medio sustitutivo de los mecanismos ordinarios y extraordinarios que dispone la ley para revisar las decisiones judiciales, toda vez que este sólo procede cuando existan evidencias ciertas de haberse violado normas y garantías constitucionales.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Iván Darío Maldonado y Xiomara Pérez Daruíz apoderados judiciales de los ciudadanos IBRAHÍM LÓPEZ CARABALLO, IBRAHÍM LÓPEZ RECHARTE y ORFELINA DEL CARMEN CARABALLO LÓPEZ, contra la decisión dictada el 20 de julio de 2011, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, la cual se CONFIRMA.

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