Sentencia N° 3192 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 3192, Exp. 02-0311, 11/12/2002
Expediente02-0311
PonenteIVÁN RINCÓN URDANETA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-11-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia N° 2855, declaró parcialmente con lugar el recurso de nulidad por inconstitucionalidad presentado por el Presidente de la FEDENAGA. Se identificó un error material en el dispositivo de la sentencia, específicamente en la publicación del fallo en la Gaceta Oficial. La Sala corrigió el error, asegurando que el sentido del fallo no se alterara.

Extracto de la motiva

La Sala, actuando de conformidad con las potestades que al efecto le confiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, por ser sus Magistrados directores del proceso hasta cuando llegue a su conclusión, y en atención al artículo 206 eiusdem, procede a corregir dicho error, en los términos referidos, por ser de naturaleza formal, que de ninguna manera altera el verdadero sentido del fallo. Así se decide.

Dispositiva

En los términos expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CORRIGE el error material en que incurrió en el fallo del 20 de noviembre de 2002, en los siguientes términos: En el punto cuatro de la parte dispositiva de la sentencia donde se lee, “Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional que declara la constitucionalidad de los artículos 82 y 84; la inconstitucionalidad de los artículos 89 y 90; y la interpretación de los artículos 40 y 43 del Decreto con rango y fuerza de LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.323 del 13 de noviembre de 2001.”, debe leerse: “CUARTO: conforme lo dispuesto en los artículos 119 y 120 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, se ordena la inmediata publicación del presente fallo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, con precisión en el sumario, del siguiente título : Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional que declara la constitucionalidad de los artículos 82 y 84; la inconstitucionalidad de los artículos 89 y 90; y la interpretación de los artículos 25, 40 y 43 del Decreto con rango y fuerza de LEY DE TIERRAS Y DESARROLLO AGRARIO, publicado en la Gaceta Oficial N° 37.323 del 13 de noviembre de 2001.

Palabras clave

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