Sentencia N° 3178 — Sala Constitucional del TSJ, 21 de octubre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 3178, Exp. 04-3343, 21/10/2005
Expediente04-3343
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-10-21
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la demanda de amparo constitucional interpuesta por JUAN GRIEGO, SISTEMAS COMUNICACIONALES C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, que había declarado con lugar un recurso de apelación. La Sala argumenta que la pretensión de amparo no cumple con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ya que no se evidencian violaciones a derechos constitucionales ni se demuestra que el demandante haya sido ilegítimamente despojado de su posesión.
Extracto de la motiva
La Sala concluye que la denuncia de violación de derechos constitucionales que hizo el querellante contra la sentencia que dictó el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy implica, en realidad, una pretensión de reexamen de las apreciaciones que realizaron ambos tribunales de la causa originaria, ahora en sede constitucional. Con mérito en las consideraciones que anteceden, esta Sala concluye que, firme como quedó la sentencia de alzada y ante la inexistencia de un agravio no juzgado en las instancias, el presente caso no amerita un nuevo conocimiento y decisión por un tribunal constitucional, por lo que declara la improcedencia del amparo constitucional a que se contraen estas actuaciones.
Dispositiva
Por las razones que se expusieron, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la demanda de amparo constitucional que incoó JUAN GRIEGO, SISTEMAS COMUNICACIONALES C.A. contra la sentencia que dictó, el 11 de octubre de 2004, el Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.