Sentencia N° 3165 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de julio de 2001

TSJ/SC, Sent. N° 3165, Exp. 02-1203, 06/12/2002
Expediente02-1203
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2001-07-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Alberquis José Vallera, a través de su abogado, contra una sentencia del Juzgado Cuarto de Reenvío en lo Penal. La demanda se fundamentó en la supuesta violación del derecho al debido proceso, específicamente en el derecho a la defensa, en relación con una condena por transporte ilícito de sustancias psicotrópicas. La Sala argumenta que la acción de amparo no es procedente debido a que la sentencia impugnada fue validada por la Sala de Casación Penal, lo que impide su revisión.

Extracto de la motiva

Si bien es cierto que la demanda de amparo constitucional fue propuesta contra la sentencia que, el 28 de enero de 1998, pronunció el Juzgado Cuarto de Reenvío en lo Penal, también lo es que, posteriormente, dentro de la misma causa, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia validó el predicho fallo de reenvío, por cuanto éste, en criterio de ese Alto Tribunal, fue dictado conforme con la doctrina que, para el caso, estableció dicha Sala. De ello deriva que una declaratoria de procedencia de la presente acción de amparo tendría como consecuencia, una enervación del fallo que produjo la Sala Penal, lo cual resultaría en contravención del artículo 6.6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, de acuerdo con el cual no es admisible la acción de amparo cuando se trate de decisiones que emanen del Máximo Tribunal de la República.

Dispositiva

Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional que ejerció el abogado Carlos Alfonso Prince Arellán, en representación del ciudadano ALBERQUIS JOSÉ VALLERA, contra la sentencia que, el 28 de enero de 1998, dictó el Juzgado Cuarto de Reenvío en lo Penal.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho al debido procesoderecho a la defensasentencia condenatoriatransporte ilícitosustancias psicotrópicasLey Orgánica de Amparo

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