Sentencia N° 316 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de marzo de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 316, Exp. 14-1349, 19/03/2015
Expediente14-1349
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-03-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la revisión solicitada por el abogado Eddy Barroso Molina en representación de Eddy Barroso Riveros, respecto a una sentencia anterior de la Sala Político Administrativa. La decisión se basa en la falta de acreditación de la representación judicial del solicitante, ya que solo se presentó una copia simple del poder, lo cual no es suficiente para validar su condición de apoderado judicial. La Sala reitera su doctrina sobre la necesidad de presentar copia certificada del poder para tales efectos.

Extracto de la motiva

Al respecto, esta Sala en su decisión No. 336 del 24 de marzo de 2011, caso: “Cantera Cordon, C.A. (CANCORCA)”, reiteró su doctrina conforme a la cual “(…) la condición de apoderado judicial del abogado que presente una solicitud de revisión debe probarse mediante la consignación, junto con el escrito, de copia certificada del poder en que conste el mandato expreso para ello, toda vez que, una copia simple de dicho documento no merece fe pública y, por tanto, carece de suficiencia para acreditar la representación que se dice poseer…”. Asimismo, mediante su decisión número 324 del 2 de mayo de 2014 caso: “José Luis Calzadilla”, la Sala reiteró su jurisprudencia contenida, entre otras, en la sentencia número 1406 del 27 de julio de 2004, caso: “Nicolás Tarantino Ruiz”, según la cual el apoderado judicial de la parte solicitante debe acreditar, al momento de formular la solicitud, su condición de representante judicial a través de documento fehaciente.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la revisión solicitada por el abogado Eddy Barroso Molina, quien adujo actuar en representación del ciudadano EDDY BARROSO RIVEROS, respecto de la sentencia número 01602 dictada el 26 de noviembre de 2014 por la Sala Político Administrativa de este máximo Tribunal. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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