Sentencia N° 315 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de marzo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0315, Exp. 23-0933, 13/03/2025
Expediente23-0933
PonenteDRA. TANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia dictada el 5 de junio de 2023 por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la Sociedad Mercantil Factory Shoes 11, C.A. contra la Sociedad Mercantil Inversiones Romaco 3000, C.A. La Sala, al analizar los argumentos presentados, decidió declarar con lugar el recurso de apelación y revocar la sentencia impugnada, considerando que la acción de amparo era procedente y que existían vicios en el proceso que justificaban la revisión.
Extracto de la motiva
Ante estos argumentos, debe indicar este juzgador constitucional que la referida medida innominada decretada el 14 de diciembre de 2022 por Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial en el mencionado juicio de TACHA propuesto por la hoy querellante, tramitada en el expediente signado bajo el n° AP11-V-FALLAS-2022-0000902, tiene el siguiente texto: ‘ DECRETA: ÚNICO: MEDIDA CAUTELAR INNOMMA.DA. DE SUSPENSIÓN del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, registrada ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital, Tomo 55-A, número 25, de fecha 29 de abril de 2021, y por ende de igual manera quedan suspendidas las facultades otorgadas a través del documento poder otorgado ante la Notaría Pública Tercera de Caracas, en fecha 30 de abril de 2021, bajo el Nro. 3, Tomo 21, folios 107 al 109, de los libros de autenticaciones de esa oficina. La presente medida cautelar innominada tendrá su vigencia desde el instante de la publicación del presente fallo, hasta la culminación de este juicio o que por cambio de circunstancias este Tribunal autorice la finalización total o parcial’.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR el recurso el recurso de apelación ejercido por el abogado CARLOS EDUARDO DÍAZ MÉNDEZ, en su carácter de apoderado judicial del tercero interesado, Sociedad Mercantil INVERSIONES ROMACO 3000, C.A., contra la decisión dictada en fecha 24 de abril de 2023, proferida por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Con Lugar la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por la sociedad mercantil FACTORY SHOES 11, C.A. contra el Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: se REVOCA ÍNTEGRAMENTE la sentencia de fecha 24 de abril de 2023; TERCERO: INADMISIBLE DE MANERA SOBREVENIDA, la presente la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL; CUARTO: Se revoca consecuencialmente la medida cautelar decretada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia; QUINTO: No hay condenatoria en costas.