Sentencia N° 3149 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 3149, Exp. 02-1307, 06/12/2002
Expediente02-1307
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-12-06
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un recurso de amparo constitucional interpuesto por Edelmiro Rodríguez Lage contra una sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de Carabobo. La acción se fundamentó en la alegación de violación del derecho al debido proceso, argumentando errores en la valoración de pruebas por parte del juzgado inferior. La Sala, tras analizar el caso, concluyó que no se configuraron violaciones a los derechos alegados y confirmó la decisión del juzgado inferior que declaró improcedente la acción de amparo.

Extracto de la motiva

La Sala observa de los autos que, efectivamente, el accionante sólo ha pretendido impugnar el fondo de la decisión dictada por el Juzgado Superior, el cual le fue adverso, para lograr la revisión del criterio de interpretación del Juzgador en su decisión, atacando así, la valoración del juzgador. En tal sentido, resulta oportuno referir que, en virtud de la autonomía e independencia de la que gozan los jueces al decidir, los mismos, si bien deben ajustarse a la Constitución y a las leyes al resolver una controversia, disponen de un amplio margen de valoración sobre los medios probatorios y del derecho aplicable a cada caso, por lo cual pueden interpretarlos y ajustarlos a su entendimiento, como actividad propia de su función de juzgar, sin que el juzgador de amparo pueda inmiscuirse dentro de esa autonomía del juez en el estudio y resolución de la causa, salvo que tal criterio viole, notoriamente, derechos o principios constitucionales, supuesto que, en el presente caso, no se verificó.

Dispositiva

CONFIRMA la sentencia dictada el 13 de mayo de 2002, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que declaró improcedente la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Edelmiro Rodríguez Lage, asistido por la abogada Marianela Mora Bracho, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.

Palabras clave

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