Sentencia N° 3143 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 3143, Exp. 01-1659, 06/12/2002
Expediente01-1659
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-12-06
DecisiónSobreseido

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una consulta de amparo constitucional interpuesta por José Vicente Pinto contra el Rector-Presidente y otros del IDECYT. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo homologó el desistimiento del amparo, pero no remitió la documentación necesaria para que la Sala pudiera decidir sobre la consulta. La Sala ordenó a la Corte que remitiera las copias certificadas del acta de audiencia y del poder del abogado que actuaba en el caso.

Extracto de la motiva

Ahora bien, observa esta Sala que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo al remitir las actas, a los fines de que esta Sala conozca de la consulta, no remitió copia certificada de la audiencia oral, oportunidad en la cual el accionante en amparo -José Vicente Pinto- desistió formalmente del amparo interpuesto, así como copia simple del poder que acredite el carácter con que actuaban los abogados mencionados en supra, lo que hace imposible que esta Sala pueda emitir pronunciamiento respecto a la confirmación o no de la decisión sometida a consulta.

Dispositiva

Por tanto, esta Sala, a los fines de decidir sobre la consulta a la cual se encuentra sometida la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, ordena a dicha Corte que, dentro de un lapso de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir de su notificación, remita las copias certificadas del acta de la mencionada audiencia, y del poder que conste en autos, acreditando el carácter del abogado Ivor Dalvano Mogollón Rojas.

Palabras clave

amparo constitucionalconsultadesistimientoaudienciapoderCorte Primeradecisión

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca