Sentencia N° 3137 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 3137, Exp. 03-2695, 15/12/2004
Expediente03-2695
PonenteANTONIO J. GARCÍA GARCÍA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) contra el Ministro de Finanzas. La acción fue fundamentada en la supuesta violación del derecho de petición, ya que el Ministro no respondió a la solicitud de información realizada el 4 de junio de 2003. Sin embargo, se constató que el Viceministro de Gestión Financiera se pronunció sobre el asunto, lo que llevó a la Sala a considerar que la violación alegada había cesado.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala determinar su competencia para conocer la presente acción y, al efecto, observa que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5, numeral 18 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el primer aparte de la misma disposición, le corresponde a esta Sala Constitucional “Conocer en primera y última instancia las acciones de amparo constitucional interpuestas contra los altos funcionarios públicos nacionales”. Por cuanto la presente acción fue intentada contra el Ministro de Finanzas, entendido éste como uno de los “altos funcionarios públicos nacionales” a que se refiere la citada norma, en virtud de tratarse de un ente de rango Constitucional y de competencia Nacional, esta Sala resulta competente para el conocimiento de la presente acción de amparo y así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, interpuesta por los apoderados judiciales del PROGRAMA VENEZOLANO DE EDUCACIÓN-ACCIÓN EN DERECHOS HUMANOS (PROVEA), contra el Ministro de Finanzas. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho de peticiónMinistro de Finanzasviolación de derechosrecursos monetariosfondos de pensionesadministración pública

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