Sentencia N° 3116 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de diciembre de 2002
TSJ/SC, Sent. N° 3116, Exp. 02-0305, 04/12/2002
Expediente02-0305
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-12-04
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Ingrid Josefina González Gómez en representación de Elena Branger de Valladares. La decisión se basa en que la accionante había optado previamente por la vía del recurso de casación, lo que constituye una causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. La Sala argumenta que el amparo no es el mecanismo adecuado para revisar decisiones ya sometidas a la doble instancia.
Extracto de la motiva
No puede obviar esta Sala el hecho de que la accionante optó por una vía distinta al amparo constitucional, el recurso extraordinario de casación, el cual –aun cuando le fue negado y de cuya negativa también ejerció el recurso de hecho como medio de defensa- consideró idóneo para el restablecimiento de su situación jurídica -alegada como infringida-, por tanto, el amparo constitucional no es, en este caso, mecanismo procesal capaz de lograr tal cometido, motivo por el cual, en concordancia plena con el fallo parcialmente transcrito supra, declara inadmisible la acción de amparo constitucional intentada.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, INADMITE la acción de amparo constitucional intentada por la abogada Ingrid Josefina González Gómez, actuando en representación de la ciudadana Elena Branger de Valladares.
Palabras clave
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