Sentencia N° 3111 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de diciembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 3111, Exp. 04-0181, 15/12/2004
Expediente04-0181
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-15
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un amparo constitucional interpuesto por tres ciudadanos contra decisiones de un Juzgado de Control que consideraron violatorias de sus derechos a la igualdad y a la libertad personal. La Corte de Apelaciones había declarado sin lugar la pretensión de amparo, lo que motivó la apelación ante el TSJ. La Sala, tras analizar los argumentos, concluyó que no existió violación al derecho a la igualdad, ya que las circunstancias fácticas de los imputados eran diferentes a las de otros coimputados que recibieron medidas menos gravosas.
Extracto de la motiva
Los demandantes en amparo, ciudadanos Abel Sanguino Sanguino, José Daniel Ortiz Ortega y José Ángel Durán Durán denunciaron la violación a sus derechos a la igualdad ante la ley y a la libertad personal que disponen los artículos 21 y 44 de la Constitución de la República, que supuestamente fueron vulnerados por los pronunciamientos que expidió, el 28 de noviembre y 15 de diciembre de 2003, la Juez Cuarta de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante las cuales omitió pronunciamiento respecto del alegato que esgrimió la defensa de discriminación ante la ley, cuando el Juez de Control impuso, con ocasión de la celebración de la audiencia de presentación de imputados, medidas privativas de libertad a los quejosos, en contraposición a la sustitutiva de presentación ante la Fiscalía de La Fría que dictó a favor de otros coimputados. La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira declaró sin lugar la pretensión de amparo porque consideró que la Jueza Cuarta de Control había actuado conforme a derecho. Contra esta decisión interpuso apelación la defensa de los quejosos, la cual manifestó que la referida Corte de Apelaciones “sin argumento alguno, en una abierta complacencia con la planteada violación constitucional, no restituyó la situación jurídica infringida, sino que la toleró y amparó en desmedro de (la) Constitución Bolivariana y del respecto a las garantías ciudadanas”.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión que fue objeto de apelación que dictó la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, el 3 de enero de 2004, y declara SIN LUGAR la demanda de amparo que interpuso la defensa de los imputados ABEL SANGUINO SANGUINO, JOSÉ DANIEL ORTIZ ORTEGA y JOSÉ ÁNGEL DURÁN DURÁN contra el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del mismo Circuito Judicial Penal. En consecuencia, declara SIN LUGAR el recurso de apelación que se incoó contra el precitado fallo.
Palabras clave
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