Sentencia N° 310 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de abril de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 0310, Exp. 19-0629, 18/04/2023
Expediente19-0629
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2023-04-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La sentencia dictada por la Sala Constitucional del TSJ se refiere a la revisión de un fallo del Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Monagas. El abogado Jorge Luís Medina Orosco, en representación de Jottmar José Gómez Gómez, solicitó la revisión de una decisión que había declarado con lugar una apelación y una demanda interpuesta por el demandante. La Sala Constitucional, tras analizar el caso, ordenó al juzgado superior remitir los expedientes relacionados con la causa para su revisión.
Extracto de la motiva
Ahora bien, el único aparte del artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia atribuye a esta Sala Constitucional la facultad para dictar autos para mejor proveer en las causas sometidas a su conocimiento que no requieren sustanciación, tal como ocurre con la revisión constitucional. En tal sentido, visto que en el caso concreto, el 13 de febrero de 2019, la Sala de Casación Civil de este Alto Tribunal dictó el fallo n° 0022/2019, en el que declaró perecido el recurso de casación ejercido en la causa principal, quedando por tanto, definitivamente firme la sentencia proferida el 18 de octubre de 2009, por el Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; a los fines de dictar una decisión ajustada a derecho, por cuanto el apoderado judicial del peticionario de autos denunció -presuntamente- la subversión de formas y procedimientos judiciales, resulta menester solicitar al prenombrado juzgado superior que recabe y remita a esta Máxima Instancia Constitucional el asunto signado con el número S2-CMTB-2017-00421, nomenclatura del aludido juzgado superior, así como el expediente donde fue tramitada la causa relacionada con la demanda de reconocimiento de contenido y firma que incoó el ciudadano JOTTMAR JOSÉ GÓMEZ GÓMEZ, hoy solicitante, contra Alberto Rafael Caraballo Nuñez.
Dispositiva
Se ordena al Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, para que en el lapso de cinco (5) días de despachos siguientes a la recepción del presente auto, más cinco (5) días de término de distancia, remita a esta Sala los expedientes identificados en líneas anteriores. Se advierte expresamente al órgano jurisdiccional antes señalado, que el incumplimiento de lo solicitado conllevará la aplicación de la sanción prevista en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
revisión constitucionalreconocimiento de firmasentencia