Sentencia N° 3095 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de noviembre de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 3095, Exp. 01-2909, 05/11/2003
Expediente01-2909
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-11-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por el Fisco Nacional contra una sentencia del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Trabajo y Menores del Estado Sucre. La Sala argumenta que la parte actora tenía a su disposición el recurso de casación, lo que la inhabilita para recurrir al amparo. Además, se señala que el fraude procesal puede ser combatido a través de una demanda autónoma y ad hoc, lo que refuerza la decisión de inadmisibilidad.
Extracto de la motiva
Por cuanto la parte actora contaba con el recurso de casación contra la sentencia objeto del amparo de autos, que habría suspendido la ejecución de la sentencia que señala como lesiva de sus derechos, lo cual habría impedido la materialización del supuesto agravio en su esfera jurídica, la Sala declara inadmisible la demanda, de conformidad con lo que establece el cardinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así se decide. Por otra parte, y tal como es doctrina reiterada de esta Sala, el fraude procesal puede ser combatido eficazmente a través de una demanda autónoma y ad hoc, de cognición plena, dentro de la cual cabría, como es natural, el requerimiento y otorgamiento de las medidas cautelares que fueren necesarias para garantía de las resultas del juicio.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo que incoó FISCO NACIONAL, mediante la representación de los abogados Marylin Pérez Terán, Belén León Celaya, María Eugenia Gómez Castañeda, María de los Ángeles Páez y Rafael Hernández Pérez, contra la sentencia que dictó, el 29 de junio de 2001, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito Trabajo y Menores del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.