Sentencia N° 3051 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de diciembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 3051, Exp. 01-2623, 03/12/2002
Expediente01-2623
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-12-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirmó la decisión del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores, que declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Gojimir Maslow Tafra en representación de CONGELADORA BOLIVAR, C.A. La acción de amparo fue considerada inadmisible debido a que el recurrente tenía un recurso de casación pendiente, lo que indicaba que existía un medio ordinario para resolver la situación jurídica planteada. La Sala argumentó que el recurso de amparo no debía ser utilizado para resolver situaciones que podían ser atendidas a través de los procedimientos ordinarios establecidos en el ordenamiento jurídico. Además, se destacó que el accionante había tenido múltiples oportunidades para ejercer su defensa en el juicio de ejecución de hipoteca, lo que no justificaba la admisión del amparo. Finalmente, la Sala concluyó que no se evidenciaron violaciones a los derechos constitucionales del demandante, ya que no se presentó prueba de que se hubiera llevado a cabo el remate del bien inmueble en cuestión, confirmando así la decisión del tribunal inferior.

Dispositiva

CONFIRMA el fallo dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar el 13 de junio de 2001, que declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Gojimir Maslow Tafra, en representación de CONGELADORA BOLIVAR C.A., contra la decisión dictada el 10 de mayo de 2001 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

Palabras clave

amparo constitucionalinadmisibilidadejecución de hipotecaderecho al debido procesotutela judicial efectivarecurso de casaciónEstado Bolívar

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