Sentencia N° 3042 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de diciembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 3042, Exp. 02-1887, 02/12/2002
Expediente02-1887
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-12-02
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por el ciudadano José Luis González Saenz, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, contra una sentencia de la Sala de Casación Penal. La inadmisibilidad se fundamenta en que la demanda se interpuso contra una decisión emanada de la Corte Suprema de Justicia, lo cual está expresamente prohibido por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

En el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales están preceptuadas expresamente las causales de inadmisibilidad de las demandas de amparo. El numeral 6 de dicho artículo dispone que no se admitirá la demanda de amparo cuando se trate de decisiones que emanaron de la Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia. Ahora bien, en el caso de autos, la demanda de amparo se interpuso contra la sentencia que dictó la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia que declaró sin lugar el recurso de casación que ejerció el ciudadano José Luis González Saenz, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia -hoy demandante en amparo-, contra la decisión absolutoria del 15 de mayo de 2000, que pronunció el Juzgado Décimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia con ocasión del juicio que fue incoado contra los ciudadanos Roberto Meneses Fernández, Sobeida Meneses Fernández y Reinaldo José Beltrán por la supuesta comisión del delito de homicidio calificado. En tal virtud, es evidente que la presente la demanda de amparo se encuentra incursa en la mencionada causal de inadmisibilidad.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo constitucional que intentó el ciudadano JOSÉ LUIS GONZÁLEZ SAENZ, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, contra la sentencia que dictó, el 10 de julio de 2001, la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

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