Sentencia N° 3040 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de noviembre de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 3040, Exp. 03-1797, 04/11/2003
Expediente03-1797
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2003-11-04
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud presentada por el abogado Ernesto Estévez León en representación de Representaciones Mobren y otros, para revisar una sentencia de la Sala de Casación Civil. La Sala determinó que no se cumplían los supuestos excepcionales para la revisión extraordinaria y que la sentencia impugnada no vulneraba la Constitución. Por lo tanto, se declaró que no ha lugar la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

Visto lo anterior, esta Sala juzga que en el presente caso no se dan los supuestos excepcionales que justifican el ejercicio de la aludida potestad de revisión extraordinaria y también observa que la sentencia cuya revisión se solicita no vulnera de manera directa disposición alguna de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ni desconoce los criterios de interpretación constitucional fijados por esta Sala. En consecuencia, se acuerda que no ha lugar a la presente revisión. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR la solicitud de revisión presentada por el abogado Ernesto Estévez León, en su carácter de apoderado judicial de Representaciones Mobren y de los ciudadanos Mohammad Reza Bagherzadeh y Brenda Rivas C. de Bagherzadeh, de la sentencia nº 2 dictada el 6 de junio de 2002 por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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