Sentencia N° 302 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de marzo de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 302, Exp. 07-1584, 04/03/2008
Expediente07-1584
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-03-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la recusación presentada por la abogada Minerva Acurero en representación de varios ciudadanos contra la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán. La parte recusante alegó un vínculo de consanguinidad entre la Magistrada y un abogado destacado en el Estado Zulia, lo que podría afectar la imparcialidad de la decisión. Sin embargo, la Sala determinó que no se evidenció el parentesco alegado, ya que no se presentó prueba suficiente que estableciera la filiación paterna necesaria para fundamentar la recusación.

Extracto de la motiva

Visto que de las pruebas mencionadas no aparece evidente el parentesco de consanguinidad que alega la parte recusante como fundamento de la procedencia de la causal prevista en el artículo 82.1 del Código de Procedimiento Civil, pues requeriría esta Sala del establecimiento previo de la filiación paterna, lo que escapa a la presente incidencia.

Dispositiva

En consecuencia, se declara improcedente la recusación presentada por la abogada Minerva Acurero, en su carácter de apoderada judicial de los mencionados ciudadanos, contra la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán.

Palabras clave

recusaciónconsanguinidadimparcialidadCódigo de Procedimiento CivilMagistradaabogadavínculofiliación

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