Sentencia N° 3009 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 3009, Exp. 04-1838, 14/12/2004
Expediente04-1838
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-14
DecisiónHOMOLOGADO
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de una sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara. Los ciudadanos interpusieron la solicitud de revisión, pero posteriormente, el abogado Jorge Luis Meza desistió de la misma, argumentando que el recurso ordinario civil de nulidad del acta de asamblea era el adecuado para obtener una tutela judicial efectiva. La Sala, tras analizar la situación, homologó el desistimiento.
Extracto de la motiva
Debe esta Sala pronunciarse sobre su competencia para conocer la revisión solicitada y, en tal sentido, observa que, de conformidad con el numeral 16 del artículo 5 de la vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, es esta Sala competente para conocer la presente solicitud de revisión, por tal motivo, reiterando los criterios de la sentencia del 6 de febrero de 2001 (Caso: Corpoturismo) y como lo dispone el numeral 10 del artículo 336 de la Constitución, esta Sala se declara competente para conocer de la misma. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento realizado por el abogado Jorge Luis Meza, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ADOLFO RAFAEL CARUCI TORRES, HÉCTOR MIGUEL ESCALONA ESCALONA, CARLOS GUILLERMO OÑATEZ LUQUEZ Y LUIS HERNÁN CRESPO SUÁREZ, correspondiente a la solicitud de revisión en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y de Menores del Estado Lara, el 7 de enero de 2004. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
revisióndesistimientotutela judicialcompetenciaLey Orgánica del Tribunal Supremo de JusticiaCódigo de Procedimiento Civilhomologación