Sentencia N° 300 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de marzo de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 300, Exp. 08-1435, 23/03/2009
Expediente08-1435
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2009-03-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia del 23 de marzo de 2009, declaró sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Antonio Claret Gamboa, actuando en nombre de Nelson De Almeida Freire, contra la decisión del Juzgado Superior que había declarado sin lugar la acción de amparo. La Sala fundamentó su decisión en la falta de pruebas que demostraran la existencia de un proyecto de sentencia que vulnerara los derechos alegados por el accionante, así como en la consideración de que la existencia de un proyecto no implica por sí misma una violación al debido proceso o a la justicia imparcial.

Extracto de la motiva

La acción de amparo constitucional fue ejercida por la presunta violación de los derechos constitucionales a obtener una justicia imparcial y al derecho al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que -según el accionante- el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua adelantó opinión antes de dictar sentencia, en virtud de la presunta existencia de un proyecto de sentencia que lo desfavorecía, el cual posteriormente se convirtió en la sentencia definitiva del Juicio al ser publicado por dicho Tribunal. Por su parte, el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, declaró sin lugar la acción de amparo constitucional, por considerar que la existencia de un proyecto de sentencia no acarrea la violación a los derechos alegados como lesionados, porque de ninguna manera se le está impidiendo al accionante la utilización de los medios o recursos establecidos en la ley para el ejercicio de su defensa y, por otra parte, no quedó demostrada la presunta existencia de dicho proyecto de sentencia.

Dispositiva

1. SIN LUGAR la apelación interpuesta contra la sentencia dictada el 24 de septiembre de 2008, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que declaró sin lugar la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Antonio Claret Gamboa actuando en su condición de apoderado judicial del ciudadano NELSON DE ALMEIDA FREIRE, contra la sentencia del 7 de julio de 2008 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. 2. CONFIRMA la sentencia apelada, en los términos expuestos en la presente decisión.

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