Sentencia N° 298 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de marzo de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 298, Exp. 03-1743, 08/03/2004
Expediente03-1743
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-03-08
DecisiónHomologa
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declaró competente para conocer de la demanda de amparo constitucional interpuesta por Guillermo Camejo Matute contra la Resolución de la Contraloría General de la República que lo inhabilitó para el ejercicio de la función pública. Posteriormente, los apoderados judiciales del demandante desistieron del procedimiento, argumentando que el tribunal competente era la Corte Primera en lo Contencioso Administrativo. La Sala, al observar que no se comprometía el orden público ni las buenas costumbres, homologó el desistimiento.
Extracto de la motiva
Por cuanto, con fundamento en los artículos 266, cardinal 1, 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la Sala se declaró competente para el conocimiento de las demandas de amparo constitucional que se ejerzan contra las autoridades con origen constitucional y competencia nacional. Y visto que, en el caso de autos, la demanda fue ejercida contra el Contralor General de la República, que es una de las altas autoridades a que se refiere el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala declara su competencia para el conocimiento de la demanda en referencia. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA el desistimiento que hicieron los apoderados judiciales del ciudadano GUILLERMO CAMEJO MATUTE respecto de la demanda que interpuso contra la Resolución n° 01-00-043 del 25 de junio de 2003 del ciudadano Contralor General de la República (Gaceta Oficial n° 37.720 del 27 de junio de 2003).