Sentencia N° 2970 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de octubre de 2005
TSJ/SC, Sent. N° 2970, Exp. 05-0562, 10/10/2005
Expediente05-0562
PonenteLuis Velázquez Alvaray
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-10-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia recibió un oficio relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Alfredo García y otros, en representación de sindicatos, contra la omisión de la empresa Puertos del Litoral Central en garantizar normas de higiene y seguridad industrial. La Sala ordenó a la empresa informar sobre la normativa interna relacionada y las acciones emprendidas para su cumplimiento en un plazo de 48 horas.
Extracto de la motiva
La Sala, de conformidad con lo previsto en el décimo tercer aparte del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, ordena a Puertos del Litoral Central, P.L.C., S.A., informe dentro del lapso de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su notificación, las fechas de aprobación y entrada en vigencia la aludida normativa interna, con mención expresa y detallada de espacio y tiempo de las acciones que han emprendido las empresas portuarias contratistas para dar cumplimiento a las mismas, así como de los resultados de la supervisión y fiscalización que debe realizar como empresa contratante, así se declara.
Dispositiva
ORDENA a la Secretaría que notifique a la parte accionada en la siguiente dirección: Av. Soublette, Terminal Marítimo de Pasajeros Dr. José María Vargas, Puerto de La Guaira, Municipio Vargas del Estado Vargas, y fije una copia del presente auto en la cartelera de la Sala. Publíquese, regístrese y cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalhigieneseguridad industrialPuerto de La Guairanormativa internafiscalizaciónderecho constitucionalsindicatos