Sentencia N° 297 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de julio de 2021
TSJ/SC, Sent. N° 0297, Exp. 20-304, 22/07/2021
Expediente20-304
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2021-07-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de avocamiento presentada por ÁVILA SERVICIOS MÉDICOS “AVISERME”, C.A. en relación a tres causas distintas. Se argumenta que no se cumplen los requisitos necesarios para el avocamiento, ya que en dos de las causas ya se dictaron sentencias firmes y en la tercera no se evidencia un desorden procesal que justifique la intervención de la Sala. La decisión se fundamenta en la necesidad de preservar el orden público y la correcta administración de justicia.
Extracto de la motiva
Asimismo, deben tenerse en cuenta los aspectos que diferencian al abuso de la acción del denominado fraude procesal. Si bien estas modalidades de actos ilícitos se materializan a través de actuaciones destinadas a bastardear los fines del proceso, las prácticas abusivas no implican la creación artera de situaciones que, en principio, caracterizan al fraude procesal. En este sentido, las colusiones y cualquier otro tipo de simulaciones no constituyen usos abusivos de la acción. El abuso de la acción se configura mediante la interposición de pretensiones contrarias a la función económico-social que persigue el reconocimiento del derecho de acceso a los órganos de administración de justicia. En plena sintonía con los precedentes vinculantes de esta Sala Constitucional que acaban de transcribir, y como quiera que en el presente caso estamos precisamente en presencia de una situación en la que los accionantes en los distintos procesos incoados en contra de [su] representada, están provocando o incitando deliberadamente el desorden procesal mediante el planteamiento de todas estas actuaciones que están impulsadas por móviles temerarios, y que son a todas luces contrarias a los fines del proceso y a la correcta administración de justicia, es por lo que [piden] a este máximo Tribunal Constitucional se sirva dictar una decisión ordenatoria del proceso mediante el saneamiento de estas actuaciones abusivas, que conducen a la justicia ineficaz, en perjuicio del derecho de defensa de [su] representada, y en menoscabo del orden público constitucional y, en tal sentido, se restablezca la situación jurídica infringida, de tal manera que se permita la concentración de todas esas causas que están basadas en los mismos hechos y que tienen un objetivo común.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la solicitud de avocamiento intentada por representación judicial de la sociedad mercantil ÁVILA SERVICIOS MÉDICOS “AVISERME”, C.A.