Sentencia N° 296 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de marzo de 2018

TSJ/SC, Sent. N° 0296, Exp. 15-1206, 23/03/2018
Expediente15-1206
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2018-03-23
DecisiónRatifica la orden de notificación

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión n.° 1576, ratificó la orden de notificación a los abogados del ciudadano Jesús Miguel Olivier Rodríguez para que corrigieran la demanda de amparo constitucional interpuesta. Se estableció un plazo de tres días de despacho más seis días de distancia para realizar la corrección, comenzando a contar desde la notificación. La decisión se fundamenta en la falta de claridad en el escrito presentado, que no especificaba adecuadamente los agravios alegados.

Extracto de la motiva

Ahora bien, constatado como ha sido que no consta en autos las resultas del oficio n.° 15-1450 del 17 de diciembre de 2015, cuyo contenido tuvo por finalidad poner en conocimiento a la representación judicial de la parte accionante del contenido de la sentencia n.° 1576 del 09 de diciembre de 2015, esta Sala en aras de garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa de la parte accionante en amparo, resuelve ratificar la orden de notificación contenida en la referida decisión, la cual en aras de la celeridad procesal deberá verificarse mediante el mecanismo de notificación previsto en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia adjuntando copia del fallo a la dirección de correo electrónico suministrada por los notificados, y una vez conste en autos sus resultas, comenzará a computarse el lapso de tres (3) días de despacho, más el término de la distancia de seis (6) días concedidos en la sentencia arriba mencionada para que la representación judicial de la parte accionante proceda a la corrección de su escrito libelar en los términos indicados en el precitado fallo, so pena de que se declare inadmisible su pretensión. Y así se decide.

Dispositiva

RATIFICA la orden de notificación contenida en la decisión n.° 1576 del 09 de diciembre de 2015, dirigida a los abogados Milagro Mena González y Gustavo Fernández en representación del ciudadano Jesús Miguel Olivier Rodríguez, para que éstos últimos procedan a corregir la demanda de amparo constitucional interpuesta.

Palabras clave

amparo constitucionalnotificacióndebido proceso

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