Sentencia N° 296 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de abril de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 296, Exp. 14-0198, 30/04/2014
Expediente14-0198
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2014-04-30
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia n.° 0060 de la Sala de Casación Social, que había declarado sin lugar un recurso de casación. El abogado Gustavo Orlando Caraballo, en representación de AUTO PREMIUM, C.A., solicitó la revisión argumentando violaciones a derechos fundamentales y errores en la carga de la prueba. La Sala Constitucional determinó que, aunque la parte actora no demostró su salario mixto, la parte demandada tampoco probó que el trabajador solo devengaba el salario mínimo, lo que llevó a concluir que existía un salario mixto.

Extracto de la motiva

La Sala observa: De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, cuando es producido un instrumento privado y es negada la firma o declarado por los herederos o causahabientes no conocerla, toca a la parte que produjo el instrumento probar su autenticidad, para lo cual puede promover la prueba de cotejo. En el caso de autos, la parte actora produjo, en copia fotostática, dos instrumentos uno donde el Gerente de Post venta de la demandada le informa al Gerente General sobre el paquete de remuneraciones por objetivos cumplidos por el departamento de repuestos, y otro contentivo de una tabla de objetivos para dicho departamento. Ambos instrumentos fueron impugnados por la demandada, por lo que la parte que los produjo consignó los originales, en virtud de ello, la contraparte los desconoció. De manera que, correspondía entonces a la parte actora probar la autenticidad de los instrumentos que produjo, para lo que podía promover la prueba de cotejo, empero no lo hizo. Siendo así, los referidos instrumentos carecen de valor probatorio, por lo que el Sentenciador debió desecharlos, luego, al no proceder de esta manera infringió el mencionado artículo 87. Sin embargo, el mencionado error no es determinante del fallo, pues la recurrida estableció que el demandante devengaba un salario mixto con base en los recibos de pago de salario producidos por la demandada y las pruebas testimonial y de experticia promovidas por la actora.

Dispositiva

Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la sentencia n.° 0060, dictada, el 04 de febrero de 2014, por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, que interpuso el abogado Gustavo Orlando Caraballo en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil AUTO PREMIUM, C.A. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Remítase copia certificada de la presente decisión a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

revisión constitucionalsalario mixtocarga de la pruebatutela judicial efectiva

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca