Sentencia N° 295 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de enero de 2016
TSJ/SC, Sent. N° 295, Exp. 16-0127, 26/04/2016
Expediente16-0127
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2016-01-11
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por la abogada Yazmin Urdaneta Olmos en representación de Erick Alexander Camacho Hernández, debido a la falta de poder que acredite su representación. La acción fue presentada contra la decisión N° 011-16 de la Corte de Apelaciones, que había declarado con lugar un recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público. La Sala argumenta que la falta de representación adecuada impide la admisión de la acción de amparo.
Extracto de la motiva
La acción de amparo constitucional objeto de este fallo fue incoada por la abogada Yazmin Urdaneta Olmos, señalando actuar en representación del ciudadano Erick Alexander Camacho Hernández. Ahora bien, de las actas que conforman el presente expediente no consta el poder que acredite la representación de la mencionada abogada para ejercer la acción de amparo y de las copias certificadas de las actuaciones consignadas junto a su pretensión, se desprende que la defensa privada la ha venido ejerciendo el abogado Miguel Quintero, sin que haya constancia alguna de actuaciones por parte de la abogada Yazmin Urdaneta Olmos en la causa que originó el presente el amparo. La circunstancia que antecede impide a esta Sala tener la indispensable certeza acerca de la voluntad de quien se señala como parte actora, tanto en lo que concierne a la representación de quien funge como su representante, como en lo que toca al ejercicio mismo de la demanda.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE por falta de representación la acción de amparo interpuesta por la abogada Yazmin Urdaneta Olmos, actuando en supuesta representación del ciudadano ERICK ALEXANDER CAMACHO HERNÁNDEZ, contra la decisión N° 011-16, dictada el 11 de enero de 2016, por la Sala Única de la Corte de Apelaciones Sección Adolescentes con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
Palabras clave
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