Sentencia N° 2943 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de diciembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 2943, Exp. 04-2331, 14/12/2004
Expediente04-2331
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar la solicitud de revisión de la sentencia emitida por la Sala Político-Administrativa, que había declarado sin lugar la demanda de resolución de contrato interpuesta por Construcciones Pentaco JR C.A. contra PDVSA. La Sala argumentó que la rescisión del contrato por parte de PDVSA se realizó conforme a las cláusulas contractuales y que no se incurrió en incumplimiento de las obligaciones contractuales. Además, se destacó que la demandante no presentó pruebas suficientes que demostraran el engaño alegado en la firma del acta de terminación del contrato.

Extracto de la motiva

La Sala reitera que la revisión no constituye una tercera instancia, ni un instrumento ordinario que opere como un medio de defensa ante la configuración de pretendidas violaciones, sino una potestad extraordinaria y excepcional de esta Sala Constitucional cuya finalidad no es la resolución de un caso concreto o la enmendatura de 'injusticias', sino el mantenimiento de la uniformidad de los criterios constitucionales en resguardo de la garantía de la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, lo cual reafirma la seguridad jurídica. Con base en lo anterior y por cuanto '...esta Sala puede en cualquier caso desestimar la revisión, (...) sin motivación alguna, cuando en su criterio, constate que la decisión que ha de revisarse, en nada contribuya a la uniformidad de la interpretación de normas y principios constitucionales...' (s. S.C. n° 93 del 06.02.01), se declara que no ha lugar a la revisión que se solicitó. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda que por resolución de contrato, daños y perjuicios incoaran los abogados Edgard Daniel Patiño Blanco y Luis Eduardo Acuña Salas, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES PENTACO J.R., C.A., contra PDVSA PETRÓLEO Y GAS, S.A., (ahora PDVSA PETRÓLEO, S.A.). Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

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