Sentencia N° 294 — Sala Constitucional del TSJ, 28 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 294, Exp. 07-1603, 28/02/2008
Expediente07-1603
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-28
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión constitucional presentada por SIDERO GALVÁNICA C.A. contra la sentencia Nº 644 de la Sala de Casación Civil. La solicitud fue desestimada por incurrir en cosa juzgada, dado que previamente se había intentado una revisión de la misma sentencia. La Sala también ordena remitir copias del fallo al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados y al Ministerio Público por posible comisión de un ilícito penal por parte de los abogados solicitantes.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la revisión constitucional es facultativa y discrecional, y que debe garantizar la uniformidad en la interpretación de normas y principios constitucionales. En este caso, se observa que la solicitud de revisión se fundamenta en la contradicción de decisiones previas de la Sala, pero se concluye que la sentencia objeto de revisión ya había sido analizada anteriormente, lo que lleva a declarar la inadmisibilidad de la solicitud. Además, se resalta la conducta poco ética de los abogados al no mencionar intentos previos de revisión.

Dispositiva

1) INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional intentada por los abogados José María Díaz-Cañabate, Carlos Zurita de Rada y Joaquín Díaz-Cañabate, actuando en su carácter de apoderados judiciales de SIDERO GALVÁNICA C.A., de la sentencia Nº 644, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia el 11 de octubre de 2005. 2) ORDENA remitir copia certificada del presente fallo al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados de adscripción, a los fines de tomar las medidas a que haya lugar con respecto a las actuaciones de los abogados. 3) ORDENA remitir copia certificada del presente fallo al Ministerio Público ante la posible comisión de un ilícito penal.

Palabras clave

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