Sentencia N° 293 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de marzo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0293, Exp. 15-0199, 12/03/2025
Expediente15-0199
PonenteLourdes Benicia Suárez Anderson
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2025-03-12
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la decisión n.° 1187, declarando improcedente la solicitud de avocamiento presentada por los ciudadanos Ángel Medardo Garcés Cepeda, Ramón Mendoza y Jesús Romero. La solicitud se fundamentó en la alegación de violaciones a derechos constitucionales en procesos judiciales relacionados con la expropiación de bienes. Sin embargo, la Sala determinó que no se cumplían los requisitos de procedencia para el avocamiento, ya que las alegaciones no demostraron un desorden procesal que justificara la intervención del Tribunal Supremo.
Extracto de la motiva
motiva del fallo (…)”. El 2 de noviembre de 2015, esta Sala Constitucional ofició a los siguientes tribunales: 1.- Presidente de la Sala Político Administrativa de este alto tribunal; 2.- Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia – Maracaibo; 3.- Juez Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia – Maracaibo; 4.- Juez Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia – Maracaibo y; 5.- Juez Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia – Maracaibo; a quienes se les impuso el contenido del fallo n.° 1187 de fecha 16 de octubre de 2015, remitiéndoseles la copia del fallo antes referido. En fecha 20 de octubre de 2015, el abogado Carlos Machado del Gallego, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Ángel Medardo Garcés Cepeda, Edgar Zabala y Jesús Romero, consignó documento poder y se dio por notificado de la decisión dictada por esta Sala en fecha 16 de o
Dispositiva
1.- IMPROCEDENTE en su segunda fase la solicitud de avocamiento intentada por los ciudadanos ÁNGEL MEDARDO GARCÉS CEPEDA, RAMÓN MENDOZA y JESÚS ROMERO, asistidos por el abogado Carlos Machado del Gallego. 2.- ORDENA a la Secretaría de esta Sala que proceda al desglose del expediente que fue allegado a este asunto con motivo de los requerimientos formulados por este órgano jurisdiccional en decisión n.° 1187 del 16 de octubre de 2015, y remita de inmediato a cada tribunal que estaba conociendo de la misma, para que el proceso continúen su curso legal. 3.- ORDENA notificar en forma telefónica del contenido de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.