Sentencia N° 293 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de octubre de 2024
TSJ/SC, Sent. N° 0293, Exp. 22-0069, 18/10/2024
Expediente22-0069
PonenteLOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2024-10-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara competente para conocer la demanda de nulidad interpuesta por los abogados contra el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Registros y Notarías, publicado en la Gaceta Oficial n.° 6.668 Extraordinario. Se determina que ha habido pérdida del interés procesal y abandono del trámite por parte de los demandantes, quienes no realizaron actos en el proceso durante más de un año. Por lo tanto, se declara sin lugar la demanda y se considera inoficioso pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
En tal sentido, el derecho de acceso a los órganos de administración de justicia, previsto en el artículo 26 de la Constitución, se ejerce mediante la acción cuyo ejercicio se concreta con la proposición de la demanda y la realización de los actos necesarios para el impulso del proceso. De esta manera, el requisito del interés procesal como elemento de la acción deviene de la esfera del derecho individual que ostenta el solicitante, que le permite la elevación de la infracción constitucional o legal ante los órganos de administración de justicia. (Vid. Sentencia de esta Sala n.° 416 del 28-4-2009, caso: “Carlos Vecchio y otros”). De igual forma, la Sala ha señalado que el interés procesal surge de la necesidad que manifestó cuando acudió a los órganos del Estado, debió mantenerse a lo largo del proceso que inició, constituyéndose en un requisito del derecho de acción y su ausencia acarrea el decaimiento de la misma.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer de la presente demanda de nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad, conjuntamente con medida cautelar, interpuesto por los abogados YELITZA DEL CARMEN VIVENES, FERNANDO A. ÁVILA S. y EVA FRANCISCA ORTEGA C., contra el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Registros y Notarías, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela n.° 6.668 Extraordinario, del 16 de diciembre de 2021, por vulnerar los artículos 7, 156.32, 187.1, 187.6, 211, 215, 218, 316, 317 y 318 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 3 del Código Orgánico Tributario. 2.- La PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL y el ABANDONO DEL TRÁMITE, en la presente demanda de nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad ejercida conjuntamente con medida cautelar. 3.- INOFICIOSO pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada.