Sentencia N° 2924 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de diciembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2924, Exp. 04-2933, 13/12/2004
Expediente04-2933
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-13
DecisiónHomologa el desistimiento de la acción de amparo constitucional
Resumen
El ciudadano José Toro Hardy interpuso una acción de amparo constitucional contra el Consejo Nacional Electoral debido a la alteración de su información en el Registro Electoral, lo que afectaba su derecho al sufragio. Posteriormente, desistió de la acción al corregirse el registro electoral, lo que llevó a la Sala Constitucional a pronunciarse sobre la homologación de dicho desistimiento. La Sala determinó que la situación denunciada no afectaba el interés general ni implicaba precedente judicial, homologando así el desistimiento.
Extracto de la motiva
Visto que en el presente caso la pretensión de amparo se interpuso contra la presunta violación de los derechos constitucionales a la participación política, al sufragio y a la igualdad, que según el accionante, se encuentran previstos en los artículos 62, 64, 70, 71 y 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, atribuida al Consejo Nacional Electoral, los cuales corresponden a la categoría de altos funcionarios públicos nacionales (dado que son las máximas autoridades de una de las ramas del Poder Público Nacional, como es el Poder Electoral) es que, conforme a los preceptos citados, esta Sala es competente para conocer del amparo solicitado. Así se declara.
Dispositiva
HOMOLOGA el desistimiento de la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano José Toro Hardy, contra el Consejo Nacional Electoral. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionalderecho al sufragioRegistro ElectoralConsejo Nacional Electoraldesistimientoparticipación políticaderechos constitucionales