Sentencia N° 2906 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de octubre de 2005

TSJ/SC, Sent. N° 2906, Exp. 04-2397, 07/10/2005
Expediente04-2397
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-10-14
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia No. 1412, dictada el 30 de junio de 2005, que declaró improcedente la acción de amparo interpuesta por Elías Jonathan Medina Vera. La solicitud fue presentada el 7 de julio de 2005, lo que la Sala considera extemporáneo, ya que no se realizó en el día de la publicación de la sentencia o al siguiente, por lo que se declara inadmisible.

Extracto de la motiva

El artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, de aplicación supletoria al procedimiento de amparo a tenor de lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, establece: 'Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el Tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones, dentro de tres días, después de dictada la sentencia, con tal de que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el siguiente'. En el presente caso, la Sala advierte que, la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia número 1412 del 30 de junio de 2005, fue presentada el 7 de julio de 2005. En razón de lo cual, de conformidad con la norma transcrita ut supra, al no haberse formulado dicha solicitud en el mismo día de la publicación de la sentencia o al siguiente, deviene inadmisible por extemporánea, y así se declara.

Dispositiva

Por las razones que han sido expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE -por extemporánea- la solicitud de aclaratoria y ampliación de la sentencia No. 1412, dictada por esta Sala el 30 de junio de 2005, formulada por la abogada JEANNA MEDINA, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano ELÍAS JONATHAN MEDINA VERA. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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