Sentencia N° 2896 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de noviembre de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 2896, Exp. 01-0725, 20/11/2002
Expediente01-0725
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2002-11-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una decisión en la que ordena al Ministerio del Interior y Justicia informar sobre el cumplimiento de una decisión anterior. Ante la falta de respuesta, se ordena remitir el caso a la Fiscalía General de la República para investigar un posible desacato. La Sala aclara que, aunque las sentencias de amparo pueden tener ejecución forzosa, en este caso es imposible debido a la naturaleza de la obligación.

Extracto de la motiva

De un estudio pormenorizado del expediente, constata esta Sala que, para la fecha, el Ministerio del Interior y Justicia no ha dado respuesta al informe solicitado por esta Sala el 12 de septiembre de 2002, por lo tanto, conforme a la decisión que se tomara en aquélla oportunidad, esta Sala Constitucional ORDENA a la Secretaría remitir a la Fiscalía General de la República, copia de todas las decisiones adoptadas por la Sala en la presente causa, a los fines de que investigue sobre el posible desacato y abuso de autoridad en que habría incurrido el Ministerio del Interior y Justicia en la ejecución de la decisión del 17 de diciembre de 2001 (Expediente N° 01-0725), y en consecuencia haga uso de las potestades que le confiere el ordenamiento jurídico venezolano, a los fines de que no quede ilusoria la decisión en referencia.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República, y por autoridad de la ley, en vista de que el Ministerio del Interior y de Justicia no ha cumplido con su deber de informar conforme a la decisión del 12 de septiembre de 2002, ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional remitir a la Fiscalía General de la República, copia de todas las decisiones adoptadas por la Sala en la presente causa, a los fines de que investigue sobre el posible desacato en que habría incurrido el Ministerio del Interior y Justicia en la ejecución de la decisión del 17 de diciembre de 2001 (Expediente N° 01-0725), y en consecuencia haga uso de las potestades que le confiere el ordenamiento jurídico venezolano, a los fines de que no quede ilusoria la decisión en referencia. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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