Sentencia N° 288 — Sala Constitucional del TSJ, 12 de marzo de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 0288, Exp. 16-0045, 12/03/2025
Expediente16-0045
PonenteTANIA D’AMELIO CARDIET
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-03-12
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional revisa la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Circuito Judicial del Trabajo que declaró con lugar un recurso de apelación interpuesto por el INASS, revocando una sentencia anterior que había ordenado el reenganche y pago de salarios caídos a favor de la ciudadana Norma Salazar Cobos. La Sala considera que la decisión del tribunal inferior violó derechos fundamentales relacionados con la libertad sindical y el debido proceso.
Extracto de la motiva
Ahora bien, siendo que el presente asunto ingresó a esta Sala el 13 de enero de 2016, y hasta la presente fecha, la solicitante ciudadana Norma Salazar Cobos, titular de la cédula de identidad N° V-6.058.031, no ha realizado actuación alguna en el expediente; esta Sala considera pertinente hacer uso de la potestad conferida en el artículo 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en correspondencia a lo establecido en la sentencia dictada por esta Sala, identificada con el N° 698/09, caso: (Álvaro Luis Escalona y otro), previo a la emisión del correspondiente fallo, en el sentido de solicitar mediante auto para mejor proveer, información al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud, sobre la condición actual que reposa en los archivos de esa institución, respecto a la referida ciudadana, a quien se le siguió un procedimiento disciplinario de destitución. En ese sentido, se ORDENA a la Secretaría de esta Sala, oficie a la precitada institución, para que dentro del lapso de cinco (5) días hábiles, contados a partir de su notificación, informe a esta Sala, si la referida funcionaria se encuentra en situación de jubilada u otro status, así como si a la misma se le hizo el correspondiente pago de sus prestaciones sociales, y en caso de no ser así, informar el motivo. Así se establece.
Dispositiva
Se ordena a la Secretaría de esta Sala, oficie al INASS para que informe sobre la condición actual de la ciudadana Norma Salazar Cobos, y se advierte que el incumplimiento acarreará sanciones.
Palabras clave
revisión constitucionallibertad sindicalderecho al trabajo