Sentencia N° 2871 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 2871, Exp. 03-2806, 10/12/2004
Expediente03-2806
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-12-10
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia n° 03-2806, se pronunció sobre la solicitud de revisión interpuesta por Lilia Guerrero Delgado en contra de una decisión del Juzgado Superior Segundo en Civil, que había declarado con lugar un recurso de apelación y extinguido la instancia en un juicio laboral. La Sala determinó que la decisión impugnada no contradecía criterios vinculantes previos y que no había incurrido en error grotesco en la interpretación constitucional.
Extracto de la motiva
En el caso de autos, como se notó con anterioridad, luego del examen de la sentencia impugnada, la Sala no encuentra motivo alguno para proceder a revisar la misma, toda vez que ella no contradice un criterio vinculante acogido por esta Sala en forma previa a que fuera dictado el fallo cuya revisión se solicita y tampoco considera la Sala que el mismo haya incurrido en un error grotesco en la interpretación del texto constitucional, que amerite el ejercicio de la facultad que por él le ha sido conferida. Por tal motivo, debe la Sala forzosamente declarar que no ha lugar a la solicitud de revisión planteada. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta por el apoderado judicial de la ciudadana LILIA GUERRERO DELGADO, antes identificada, en contra de la decisión dictada el 20 de junio de 2002, por el Juzgado Superior Segundo en Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Estabilidad Laboral y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.