Sentencia N° 286 — Sala Constitucional del TSJ, 8 de abril de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 286, Exp. 12-0258, 08/04/2013
Expediente12-0258
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2013-04-08
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 8 de abril de 2013, declaró improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por Marco Antonio Aponte, en representación de Global Inversiones Soluciones Financieras, C.A., contra una sentencia del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Lara. La acción se basaba en la inadmisibilidad de pruebas de inspección judicial, informes y experticia, que habían sido previamente rechazadas por el tribunal de alzada.
Extracto de la motiva
La parte accionante alegó como fundamentos de su pretensión constitucional los siguientes argumentos de hecho y de derecho: Que “(…) mi preidentificada (sic) representada interpuso por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado (sic) Lara, demanda de Cobro de Bolívares, contra la sociedad mercantil PROMOCIONES Y DESARROLLO (sic) MG 2005, C.A. (…)”. Que “(…) mediante documento debidamente inscrito por ante la Notaría Pública Segunda de Barquisimeto, en fecha 23 de Julio (sic) de 2009, e inserto bajo el N° 62, Tomo 97 de los Libros de Autenticaciones llevados por dicha Notaría, había suscrito con la citada demandada un contrato de mandato en virtud del cual (…) PROMOCIONES Y DESARROLLOS MG 2005, C.A. (…) le confiere a ‘GLOBAL INVERSIONES SOLUCIONES FINANCIERAS’, C.A., mandato especial de administración, para que ésta última le administre todas y cada una de las cuentas por cobrar y cuentas por pagar, entre otras, los pagos, proveedores, contratistas, colaboradores y terceros (…)
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE in limine litis la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Marco Antonio Aponte, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil GLOBAL INVERSIONES SOLUCIONES FINANCIERAS, C.A. (GLOBAL FINANCIERAS C.A.), contra la sentencia que dictó, el 13 de enero de 2012, el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el mencionado abogado contra el auto que emitió, el 20 de noviembre de 2010, el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la referida Circunscripción Judicial, que negó la admisión de las pruebas de inspección judicial, informes y experticia.